Impuesto diferido en acuerdos de concesión de infraestructura vial
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Resumen en español
Los acuerdos de concesión son figuras jurídicas utilizadas para acordar entre las partes (Estado y persona jurídica) el desarrollo de actividades propias del Estado. La ejecución de las actividades desarrolladas en torno al contrato tiene tratamientos contables y fiscales especiales. En lo concerniente a las NIIF Plenas, las entidades deben determinar el impuesto diferido, el cual surge de comparar las bases contables con las fiscales, estas últimas determinadas con base en las modificaciones incorporadas por la Ley 1819 de 2016, lo que lleva a que, desde cada óptica (contable y fiscal), se tengan distanciamientos sobre las bases de reconocimiento y medición cuando la retribución del acuerdo de concesión bajo NIIF es clasificada como activo financiero y, desde la óptica fiscal, como activo intangible.
Resumen en ingles
The concession agreements are legal figures used to agree between the parties involved (State and Legal Person) the development of activities of the state, the execution of the activities developed under the contract have special accounting and tax treatments. With regard to Full IFRS, entities must determine the Deferred Tax, which arises from comparing the accounting and fiscal bases, the latter determined based on the modifications incorporated by Law 1819 of 2016, which leads to from each perspective (accounting and tax) are distanced on the basis of recognition and measurement when the remuneration of the concession agreement under IFRS is classified with Financial Asset and from the fiscal point of view as Intangible Asset.