Notificaciones por correo electrónico en el procedimiento tributario colombiano
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El autor señala en el artículo que Colombia ha realizado diferentes esfuerzos para lograr un “Gobierno en línea”, entre ellos: la Ley 527 de 1999 que reguló el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales; la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único) que establece la posibilidad de realizar las notificaciones personales por medios electrónicos. En materia tributaria el Articulo 5 de la Ley 788 de 2002 estableció: “la notificación por correo se practicará mediante entrega de una copia del acto correspondiente en la dirección informada por el contribuyente a la Administración”. Lo anterior, pone de presente que el contribuyente cuenta con la facultad de recibir las notificaciones por el medio tradicional o por el electrónico.