En la Unión Europea la litigiosidad en materia de daño a la persona tiende a adquirir, en una perspectiva de valores comunes y de movilidad de las personas, una valencia ultra-local, y a pretender uniformidad general de tratamiento en lo que hace a los criterios resarcitorios, y armonización en lo que se refiere al quantum, en una suerte de “circulación libre” de los personal injury.