Reparación interamericana en los casos colombianos
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Resumen en español
Al analizar transversalmente las reparaciones formuladas en la jurisprudencia interamericana respecto de casos colombianos, una primera observación que emerge del estudio es que la Corte IDH ha planteado diferentes criterios generales que son constantes en las decisiones relativas a distintos países. En efecto, la Corte ha basado sus decisiones sobre reparaciones en el principio general según el cual, de conformidad con el artículo 63.1 CADH, “[c]uando decida que hubo violación de un derecho o libertad protegidos en esta Convención, la Corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados. Dispondrá asimismo, si ello fuera procedente, que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de estos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada.