Sin lugar a dudas, los convenios para evitar la doble imposición (CDI) se han convertido en herramientas del Derecho Internacional Público (DIP) que procuran facilitar los flujos del comercio internacional, al eliminar barreras impositivas que restringen y limitan las interacciones comerciales trasfronterizas. Dicho lo anterior, desde aquel remoto informe realizado por los expertos económicos de la Liga de las Naciones en 1923, se ha advertido la necesidad de evitar la doble imposición jurídica internacional, la cual funge como un enemigo del intercambio económico internacional (Cabrera Cabrera, 2017).