Justicia administrativa para la restitución de tierras y la reforma rural integral en Colombia. Una hipótesis de trabajo
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Resumen en español
El proceso de restitución de tierras rige hasta junio de 2021. El análisis de las evaluaciones consultadas identifica las siguientes problemáticas: indefensión de partes interesadas, descoordinación interinstitucional, aplicación de medidas aisladas que no logran reparación integral, traslapes con otras políticas del Estado que paralizan la restitución, imposibilidad de lograr restituciones colectivas, capacidad limitada de los jueces civiles de restitución en la resolución de problemas propios del derecho público (medio ambiente, minería, reforma agraria, etc.), y recursos presupuestales insuficientes. La función redistributiva propia del Estado por mandato constitucional ha sufrido la falta de voluntad política; la inactividad se ha traducido en la ausencia de un fondo de tierras que permita a los jueces brindar soluciones oportunas a las necesidades de las víctimas y de los segundos ocupantes, y al país buscar una ordenación territorial La reforma agraria, la recuperación de baldíos, la clarificación, la formalización, el levantamiento predial y catastral, la validez de una licencia ambiental, de un permiso de aprovechamiento de aguas, la sustracción de una zona de protección, atañen al derecho público, y junto con el deber de brindar reparación integral en el marco de la justicia transicional, imponen exigencias que cuestionan el objeto de la jurisdicción civil especializada en restitución de tierras y su eficacia para resolver los conflictos rurales que requieren soluciones integrales. Con la evaluación de la restitución de tierras y el horizonte puesto en la Reforma Rural Integral (RRI), que ordena la creación de una jurisdicción agraria, se plantea la conveniencia de asignar su conocimiento a la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Resumen en inglés
The land restitution process is in effect until June 2021. The analysis of the evaluations consulted identifies the following problems: defenselessness of interested parties; inter-institutional incoordination; application of isolated measures that do not achieve comprehensive reparations; overlaps with other State policies that hinder restitution; impossibility in obtaining collective refunds; restricted capacity of civil restitution judges to solve problems of public law (environment, mining, land reform, etc.); insufficient budgetary resources; and even absence of political will. The redistributive function –which the State has by constitutional mandate– has suffered from the lack of political will; the inaction has resulted in a lack of a Land Fund that would allow judges to provide timely solutions to the needs of the victims and the second occupants, and the country to seek territorial ordinance. The Land reform, wasteland recovery, clarification and formalization of land titles, property and cadastral surveying, the validity of an environmental license and a water resource use permit, and the deduction of a protection zone, concern with public law. These factors together with the duty to provide comprehensive reparation within the framework of transitional justice; impose demands that question the objective of the civil jurisdiction specialised in land restitution, and its effectiveness in resolving rural conflicts that require comprehensive solutions. The evaluation of land restitution with the focus on the Comprehensive Land Reform, which mandates the creation of an Agrarian Jurisdiction, sets out the desirability of assigning its findings to the Administrative Contentious Jurisdiction.