BAOA. Revista Derecho del Estado - Artículos
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- ArtículoSólo datosLos Principios de París y las instituciones nacionales de derechos humanos en América Latina(Departamento de Derecho Constitucional, 2022-04-28)Los Principios de París proveen los parámetros a través los cuales se miden las instituciones nacionales de derechos humanos, en el importante proceso de acreditación que administra la red internacional que hoy las agrupa. Por su origen, dichos principios privilegian como modelo institucional a la comisión de derechos humanos sobre el ombudsman y el instituto de derechos humanos, y se centran en la creación de estas instituciones, más que en su posterior funcionamiento. Estos dos aspectos constituyen una limitante de dichos principios. Aun cuando el primero de estos problemas ha sido superado en la práctica, el segundo se mantiene plenamente vigente, por lo que sería conveniente identificar criterios de eficiencia que vayan más allá del diseño institucional y orienten a las instituciones nacionales de derechos humanos en el cumplimiento efectivo de sus funciones. En el caso de América Latina, es esencial velar por la integración de estas instituciones para el logro de dicho objetivo. Solo contando con un personal adecuado pueden estas persuadir e influir no solo a los órganos estatales, sino también a la sociedad civil, promoviendo y protegiendo así los derechos humanos de todos.
- ArtículoSólo datosÍndice temático(Departamento de Derecho Constitucional, 2022-04-28)
- ArtículoSólo datosEl concepto de familia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana y su incidencia en las políticas públicas: una lectura en clave hermenéutica(Departamento de Derecho Constitucional, 2022-04-28)Este texto pretende analizar el rediseño del concepto de familia desde la jurisprudencia de la Corte Constitucional, a partir de la Constitución Política de 1991, y su impacto en las políticas públicas en esta materia. Lo anterior en un escenario que supone la pluralidad étnica y cultural reconocida en el texto constitucional que ha generado retos respecto de varias instituciones (entre ellas la familia), así como propiciado un debate entre las posiciones tradicionales y nuevas visiones que pretenden la superación conceptual y práctica de aquellas. Este nuevo escenario generó un fuerte rechazo por parte de la población, que, con una postura conservadora forjada sobre la base de la hegemonía de la Iglesia Católica y sus tradiciones, se resiste a concebir el fenómeno familiar por fuera de estructuras e interpretaciones rígidas. Dicho contexto condujo a que los jueces, en especial la Corte Constitucional, se vieran convertidos en actores de las políticas públicas tendientes a rediseñar el concepto de familia, lo que resulta novedoso en tanto los enfoques clásicos de las políticas públicas no suelen considerar como actores a los jueces, lo que hace necesario abordar el fenómeno desde un enfoque neoinstitucional de estas.
- ArtículoSólo datosEl tráfico y la trata de personas desde la concepción pluralista del Estado ecuatoriano: especial referencia al pueblo Kichwa Otavalo(Departamento de Derecho Constitucional, 2022-04-28)Este trabajo de investigación se basa en un análisis del tráfico y la trata de personas desde la concepción pluralista del Estado ecuatoriano, con especial referencia al pueblo Kichwa Otavalo. En tal sentido, se analizó lo relativo al nuevo régimen constitucional de la movilidad humana, conforme a todos los derechos y principios que enaltecen la dignidad humana en todos los temas de movilidad. De igual manera, se determinaron el alcance jurídico del Estado plurinacional y las distintas manifestaciones de conductas inscritas en los fenómenos del tráfico y la trata de personas en el contexto Kichwa Otavalo. Por último, se abordó la problemática existente en el Estado ecuatoriano respecto de la manifestación de diversas conductas propias de costumbres, prácticas y usos de las diferentes comunidades que erigen el pluralismo jurídico, las cuales se pueden corresponder con conductas de tráfico y trata de personas; sin embargo, desde la óptica pluralista, en las aludidas comunidades dichas conductas son aceptadas, pero no reconocidas como parte de su cultura. En tal sentido, se realiza un análisis de la referida problemática, considerando el tratamiento universal otorgado al tráfico y a la trata de personas como prácticas contrarias a los derechos humanos, si bien conservando la realidad nacional del Estado plurinacional ecuatoriano, desde la óptica de dos casos concretos conocidos tanto por la justicia ordinaria como por la justicia indígena.
- ArtículoSólo datosLa deferencia judicial permite que emerja el consenso europeo(Departamento de Derecho Constitucional, 2022-04-28)El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) indaga en políticas de derechos humanos adoptadas por la mayoría de los países de Europa. Utilizando una doctrina conocida como el “consenso emergente”, el Tribunal impone tales políticas como una obligación jurídica internacional a todos los países bajo su jurisdicción. Sin embargo, en ocasiones, el TEDH cede ante los Estados, incluso si sus políticas no están a la altura del estándar aceptado por la mayoría de los países de Europa. Esta deferencia se logra utilizando la doctrina llamada “margen de apreciación”. Naturalmente, el consenso emergente y el margen de apreciación se conciben, a menudo, como doctrinas en competencia: cuanto más hay de una, menos hay de otra. En el presente artículo se sugiere una nueva justificación de la doctrina del consenso emergente: la doctrina puede permitir que el TEDH formule buenas políticas recurriendo a la toma de decisiones independiente de muchos países similares. A la luz de ello, el documento demuestra que una aplicación correcta de la doctrina del margen de apreciación ayuda, realmente, a que el consenso emergente alcance resultados óptimos, al dar a los países un incentivo para elaborar sus políticas de forma independiente. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) indaga en políticas de derechos humanos adoptadas por la mayoría de los países de Europa. Utilizando una doctrina conocida como el “consenso emergente”, el Tribunal impone tales políticas como una obligación jurídica internacional a todos los países bajo su jurisdicción. Sin embargo, en ocasiones, el TEDH cede ante los Estados, incluso si sus políticas no están a la altura del estándar aceptado por la mayoría de los países de Europa. Esta deferencia se logra utilizando la doctrina llamada “margen de apreciación”. Naturalmente, el consenso emergente y el margen de apreciación se conciben, a menudo, como doctrinas en competencia: cuanto más hay de una, menos hay de otra. En el presente artículo se sugiere una nueva justificación de la doctrina del consenso emergente: la doctrina puede permitir que el TEDH formule buenas políticas recurriendo a la toma de decisiones independiente de muchos países similares. A la luz de ello, el documento demuestra que una aplicación correcta de la doctrina del margen de apreciación ayuda, realmente, a que el consenso emergente alcance resultados óptimos, al dar a los países un incentivo para elaborar sus políticas de forma independiente.