ADASC. Capítulos en libro de divulgación - Grupo de Investigación: Derecho Constitucional

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  • Publicación
    Acceso abierto
    C-102 de 2021 (Exención de iva a dispositivos de higiene menstrual)
    (Universidad Externado de Colombia, 2022) Robledo Silva, Paula; Medina Barragán, Mariana; Sierra Porto, Humberto Antonio; Robledo Silva, Paula; González Medina, Diego Andrés
    Crónica jurisprudencial de la sentencia C-102 del 2021 en la que se estableció la exención de IVA a los dispositivos de higiene menstrual en Colombia.
  • Publicación
    Acceso abierto
    C-294 del 2021 (Cadena perpetua)
    (Universidad Externado de Colombia, 2022) Ramirez Cleves, Gonzalo Andres; Sierra Porto, Humberto Antonio; Robledo Silva, Paula; González Medina, Diego Andrés
    El artículo analiza la Sentencia C-294 de 2021 en donde la Corte Constitucional declaró inconstitucional el Acto Legislativo 1 de 20203, que establecía una reforma constitucional al artículo 34 de la Constitución para introducir la prisión perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes. Se estudia de qué manera fue utilizada la doctrina de la sustitución de la Constitución para declarara inconstitucional esta reforma con base en el principio de dignidad de la persona humana.
  • Publicación
    Acceso abierto
    C-135 de 2021 (Libertad de expresión)
    (Universidad Externado de Colombia, 2022) Upegui Mejia, Juan Carlos; Osorio Alvis, María Alejandra; Sierra Porto, Humberto Antonio; Robledo Silva, Paula; González Medina, Diego Andrés
    La Corte Constitucional, en la sentencia C-135 de 2021, declaró la inexequibilidad de los artículos 55 y 56 de la ley 29 de 1944, que establecían la presunción de culpa en el régimen especial de responsabilidad civil extracontractual de la actividad periodística. Para ello, la Corte circunscribe su análisis en la carga probatoria derivada de la norma acusada y sus posibles efectos en la protección especial de la prensa y la reserva de la fuente. Esta reseña expone los principales argumentos de esta sentencia y plantea un análisis crítico frente a cuatro aspectos: a) el lugar de este fallo en la tradición jurisprudencial sobre libertad de expresión de la Corte Constitucional; b) la (sutil) sensibilidad de la Corte frente a los elementos del contexto; c) el carácter formal (superfluo) del juicio de proporcionalidad en este caso; y d) las implicaciones del fallo para el régimen de la responsabilidad civil extracontractual por ejercicio de la libertad de expresión.
  • Publicación
    Acceso abierto
    Presentación. Justicia constitucional a debate. Vol. I : crónicas jurisprudenciales del 2021
    (Universidad Externado de Colombia, 2022) Sierra Porto, Humberto Antonio; Robledo Silva, Paula; González Medina, Diego Andrés; Sierra Porto, Humberto Antonio; Robledo Silva, Paula; González Medina, Diego Andrés
    Una iniciativa que nace en el marco del grupo de Justicia Constitucional del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia, con el objetivo de divulgar, discutir y analizar algunas de las sentencias más importantes que profiere la Corte Constitucional año a año. Un proyecto que, además, hemos pensado a manera de homenaje a este alto tribunal que, durante ya treinta años se ha dedicado tenazmente no solo a la defensa de nuestra Constitución, sino en particular, a la garantía de los derechos fundamentales de todas las personas, especialmente, las más vulnerables.
  • Publicación
    Acceso abierto
    SU-257 de 2021 (Nuevo liberalismo)
    (Universidad Externado de Colombia, 2022) González Medina, Diego Andrés; Sierra Porto, Humberto Antonio; Sierra Porto, Humberto Antonio; Robledo Silva, Paula; González Medina, Diego Andrés
    El 9 de noviembre de 2017, varios integrantes del partido Nuevo Liberalismo (en adelante, NL ) presentaron derecho de petición ante el Consejo Nacional Electoral (en adelante, cne), mediante el cual solicitaron, entre otras cuestiones, el reconocimiento de la personería jurídica (en adelante, PJ ) a dicho partido político. Esta solicitud se fundó en lo previsto por el punto 2 del Acuerdo Final de Paz suscrito entre Gobierno Nacional y las farc-ep, el 24 de noviembre de 2016. En criterio de los solicitantes, este Acuerdo “previó alternativas para ampliar la participación política en función de la existencia previa de personería jurídica”