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- PublicaciónSólo datosConflictividad y órdenes mundiales: el Congreso de Viena y el intento de un freno a la historia de los principios de soberanía y de igualdad jurídica(Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales, 2019-02-28) Fernández Luzuriaga, Wilson; Olmedo González, HernánEste artículo se inserta en el marco de un proyecto de investigación de mayor alcance que avanza en el estudio de posibles relaciones entre estructura de poder, conflictividad y construcción de órdenes internacionales, a partir de cumbres multilaterales de gran relevancia: la Paz de Westfalia de 1648, el Congreso de Viena de 1815, la Conferencia de Paz de París de 1919 y la Conferencia de San Francisco de 1945. Analiza, específicamente, el Congreso de Viena y, en una primera instancia, reitera una exposición sistematizada de datos cuantitativos referentes a: estructura del sistema internacional según número de grandes potencias y nivel de conflictividad; este último derivado de tres indicadores específicos: número de grandes potencias en conflicto, duración de conflictos entre grandes potencias y severidad de los conflictos. En una segunda instancia, analiza las consecuencias del Congreso, teniendo en cuenta la ecuación normativa establecida en Westfalia: igualdad jurídica-soberanía-equilibrio de poder.
- PublicaciónSólo datosEl poder de una Asamblea Constituyente: reflexiones acerca de la Constitución de 1991 y su artículo 376(Departamento de Derecho Constitucional, 2021-08-30) Colón-Ríos, JoelPara la teoría constitucional hay dos preguntas claves que surgen en cualquier discusión acerca de la creación de nuevas constituciones. Primero, ¿qué mecanismo debe utilizarse para el ejercicio del poder constituyente? La respuesta que la práctica del constitucionalismo contemporáneo le ha dado a esa pregunta es clara: la Asamblea Constituyente. La segunda pregunta, en la cual se centra este escrito, es: ¿qué tipo de poder posee (o puede poseer) una Asamblea Constituyente? La respuesta que la práctica del constitucionalismo contemporáneo ha ofrecido a esa pregunta es que dicho poder es un poder soberano. Mi propósito es demostrar que esa respuesta debe rechazarse. Para ello, utilizaré como ejemplo principal el caso colombiano y el artículo 376 de la Constitución de 1991.
- PublicaciónSólo datosZona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur: la clave en la soberanía del hemisferio sur(Facultad de Finanzas, Gobierno y Relaciones Internacionales, 2022-06-17) Álvarez Bertonasco, Maria Belén; Luzzi Santana, MarinaEn la agenda de la seguridad internacional podemos encontrar que el mantenimiento de la paz, la cooperación internacional y la consolidación de la soberanía son temas transversales a nivel regional y en relación con las capacidades materiales. En este sentido, observamos que determinadas organizaciones internacionales se abocan a esta temática; el Sur global es una región que no es ajena a estos tópicos. A fin de reflejar la incidencia de las organizaciones internacionales como instrumentos de cooperación internacional, pero sobre todo como un vector para el ejercicio de soberanía, es que buscaremos responder a la pregunta: ¿es la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur una potencial herramienta para el reclamo de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur? Para ello optamos por un marco de análisis institucionalista liberal, a fin de tener presente el uso de los foros multilaterales como elemento de soft power traducido en ejercicio de soberanía.