Examinando por Materia "función administrativa"
Mostrando 1 - 2 de 2
Resultados por página
Opciones de ordenación
- PublicaciónSólo datos¿Las empresas prestadoras de servicios públicos privadas son entidades estatales? (A propósito de la Sentencia C 736 de 2007)(Departamento de Derecho Económico, 2008-08-16) Sánchez Luque, GuillermoEste artículo tiene por objeto estudiar las implicaciones de orden conceptual que pudo haber entrañado una reciente decisión de constitucionalidad que, al revisar la naturaleza jurídica de las empresas de servicios públicos mixtas, concluyó que las empresas de servicios públicos privadas eran entidades estatales, si había un aporte (sin importar el monto) de carácter público. al efecto, en una primera parte se expondrá el criterio según el cual las empresas de servicios públicos de naturaleza privada no son entidades estatales conforme a la nueva concepción del servicio público, que propugna que éste no puede asimilarse a una “función pública” en su modalidad “función administrativa” y su recepción a nivel jurisprudencial tanto por el Consejo de Estado como por la Corte constitucional, luego de la expedición de la constitución de 1991 y de las reformas legales de 1994. en la segunda parte, se analizarán algunos pronunciamientos de la Corte Constitucional, en sede de control abstracto, que parecieran dar a entender que las empresas de servicios públicos privadas son una manifestación de la descentralización administrativa, con especial referencia a la providencia C 736 de 2007 que concluyó que los operadores de servicios públicos domiciliarios privados, en donde haya un aporte estatal, son entidades estatales.
- PublicaciónSólo datosLa valoración jurídica de las manifestaciones normativas de las comisiones de regulación: los sutiles límites entre la función administrativa que les es propia y las funciones legislativa y judicial(Universidad Externado de Colombia, 2010-06-13) Gil Botero, EnriqueCon ocasión de las más recientes manifestaciones jurisprudenciales relativas a la regulación de los servicios públicos domiciliarios, se exponen en este escrito algunas ideas del autor, concernientes a unos puntuales aspectos que en su opinión constituyen los pilares de la discusión jurídico-administrativa sobre el tema y cuya claridad contribuiría al mejor desarrollo de una técnica de intervención del Estado en la economía, con enormes repercusiones en este ámbito. En este sentido, y con la comprensión de que la regulación no es un instrumento jurídico, sino que se vale de herramientas de esta disciplina para su desarrollo, se intenta hacer algunas consideraciones sobre los límites y las sinergias entre la regulación y el reglamento y la consecuente distinción, que de ello resulta, con la función legislativa, para luego detenerse en la valoración de la naturaleza "no administrativa" de algunas funciones de las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliarios y la proximidad de éstas con funciones típicamente catalogadas como judiciales.