Examinando por Materia "Obligaciones"
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- PublicaciónAcceso abiertoLos acreedores hostiles en el derecho concursal colombiano(Universidad Externado de Colombia, 2022) Camacho Rozo, Daniel; Rodríguez Espitia, Juan José; Olivieri Mejía, Miquelina; Sotomonte Mujica, David RicardoEl derecho concursal colombiano no positiviza la figura del acreedor hostil y tampoco brinda herramientas para sancionar los comportamientos hostiles que se presenten al interior del proceso concursal por parte de los acreedores. Frente a esta problemática, el presente trabajo tiene por objeto (i) identificar múltiples derechos legítimos que pueden desplegar los acreedores para proteger sus intereses patrimoniales al interior del proceso de insolvencia, (ii) analizar el principio general del abuso del derecho y sus manifestaciones en el foro concursal y (iii) examinar la figura del acreedor hostil, así como las consecuencias normativas impuestas en el derecho comparado. Con todo lo anterior, la presente investigación jurídica obtiene conclusiones de diferente índole, sin embargo las más importantes son: (i) no es posible que el juez del concurso declare la existencia de un acreedor hostil al interior del concurso, pero con fundamentos constitucionales y procesales puede declarar la existencia de acreedores abusivos, desleales o de mala fe e imponer multas correlativas y (ii) la previa declaratoria no puede fundamentarse únicamente en la existencia de un abuso en el ejercicio de los derechos subjetivos sino que por el contrario debe fundarse en la existencia de daños probados al interior del concurso, entre otras.
- PublicaciónAcceso abiertoLos acreedores hostiles en el derecho concursal colombiano(Universidad Externado de Colombia, 2022) Camacho Rozo, DanielEl derecho concursal colombiano no positiviza la figura del acreedor hostil y tampoco brinda herramientas para sancionar los comportamientos hostiles que se presenten al interior del proceso concursal por parte de los acreedores. Frente a esta problemática, el presente trabajo tiene por objeto (i) identificar múltiples derechos legítimos que pueden desplegar los acreedores para proteger sus intereses patrimoniales al interior del proceso de insolvencia, (ii) analizar el principio general del abuso del derecho y sus manifestaciones en el foro concursal y (iii) examinar la figura del acreedor hostil, así como las consecuencias normativas impuestas en el derecho comparado. Con todo lo anterior, la presente investigación jurídica obtiene conclusiones de diferente índole, sin embargo las más importantes son: (i) no es posible que el juez del concurso declare la existencia de un acreedor hostil al interior del concurso, pero con fundamentos constitucionales y procesales puede declarar la existencia de acreedores abusivos, desleales o de mala fe e imponer multas correlativas y (ii) la previa declaratoria no puede fundamentarse únicamente en la existencia de un abuso en el ejercicio de los derechos subjetivos sino que por el contrario debe fundarse en la existencia de daños probados al interior del concurso, entre otras.
- PublicaciónAcceso abiertoDerechos y obligaciones del titular de la marca(Universidad Externado de Colombia, 2018-10-31) Botello León, Valentina; Miranda Gómez, Natalia Sofía; Universidad Externado de Colombia; Botello León, Valentina; Miranda Gómez, Natalia Sofía; Solano, Diego
- PublicaciónAcceso abiertoPosibilidad de cumplimiento de las obligaciones pendientes dentro de la vigencia del contrato estatal, posterior al vencimiento del plazo de ejecución(Universidad Externado de Colombia, 2022) Sáenz Camargo, Nicolle Valentina; Safar Díaz, Mónica Sofía; Barreto Cifuentes, Sebastián; Perdomo Villamil, CamiloEl Consejo de Estado durante muchos años ha manifestado que luego de acaecido el plazo estipulado dentro del contrato estatal no existe posibilidad de cumplimiento posterior por parte del contratista, a pesar de que la entidad estatal conserve el interés en la ejecución de dichas obligaciones. A raíz de la interpretación realizada por el Consejo de Estado, el presente documento tiene como finalidad analizar la posibilidad de aplicar algunas normas en derecho civil ante el incumplimiento de los contratistas, sin dejar de lado la finalidad del contrato estatal, la cual es garantizar el cumplimiento de las funciones del estado. Es por ello que, con base en figuras como el estado de mora, la multa y la cláusula penal pecuniaria se proponen soluciones distintas a las estudiadas por el Consejo de Estado.
- PublicaciónAcceso abiertoLa responsabilidad civil de los administradores de sociedades en Colombia bajo los supuestos de la reorganización empresarial - Ley 1116 de 2006(Bogotá : Universidad Externado de Colombia, 2019., 2019) Rojas Bernal, Anderson Edilson; Montiel Fuentes, Carlos MarioLa administración de sociedades es una actividad humana de carácter mercantil, que puede variar según las condiciones de la sociedad que esté a cargo de los administradores. El régimen de responsabilidad civil de estos está diseñado para una sociedad en normal curso de operaciones, sin tener en cuenta que la sociedad, como toda persona puede cambiar su situación o verse afectada patológicamente, como ocurre cuando esta configura los supuestos de hecho de la insolvencia. La administración de una sociedad que se encuentra en crisis económica difiere de la administración de una sociedad que empieza a formase o se encuentra en un normal desarrollo del objeto social. El estándar de conducta de los administradores bajo estos casos debe ser más estricto, teniendo en cuenta las finalidades de la insolvencia.
- PublicaciónAcceso abiertoResponsabilidad internacional del estado colombiano por la no reparación de las víctimas del conflicto armado, en el marco del acuerdo final de paz(Universidad Externado de Colombia, 2020) Osorio Sánchez, María del Pilar; Rueda, NataliaLa presente investigación plantea la posibilidad de atribuir responsabilidad internacional al Estado colombiano cuando los miembros de las antiguas Farc-EP no reparen a las víctimas del conflicto armado, en virtud de las obligaciones adquiridas en el marco del Acuerdo de Paz. Para ello, resulta pertinente analizar la naturaleza jurídica del acuerdo y su carácter vinculante en el ámbito internacional; identificar las obligaciones adquiridas por las partes firmantes del acuerdo; analizar el cumplimiento de esas obligaciones en materia de entrega de bienes a disposición de los ex miembros de las Farc-EP para reparar a las víctimas; y determinar el alcance de la responsabilidad internacional del Estado por la ilicitud del hecho en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Se llegará a la conclusión que, en ejercicio de la función de garante que tiene el Estado respecto de una obligación vigente, ante el desacato de cualquiera de las parte firmantes del acuerdo el Estado se subroga en dicha obligación, pese a no estar obligado a suscribir acuerdos de paz, o no comprometerse directamente con determinadas obligaciones, sino a través de un tercero
- ÍtemSólo datosSentido actual y condiciones de uso de la disciplina general de las obligaciones(Departamento de Derecho Civil, 2011-06-12) D’Angelo, AndreaLa parte general de las obligaciones del Código Civil Italiano parece que está fundada en la asunción de la identificación de una noción de obligación a la cual correspondan todas las relaciones concretas de débito-crédito. En consecuencia, la disciplina general parece que está establecida como una disciplina común e invariable para todas las relaciones obligatorias. Al mismo tiempo, la realidad socioeconómica de las relaciones, y la misma disciplina legal, evidencian múltiples factores de diversidad: de las fuentes (los hechos y los actos de los cuales derivan las relaciones obligatorias); de las prestaciones (objeto de la obligación) y de la configuración negocial de las relaciones. Tales elementos de diversidad imponen una aplicación de las normas de la parte general de forma dúctil y abierta a la formación de reglas adecuadas a la variedad de las relaciones y los conflictos de interés. Y la doctrina, ante este fenómeno, tiene la tarea, no tanto de construir arquitecturas conceptuales complejas, sino de elaborar criterios para gobernar la articulación de las reglas y las interferencias entre el régimen general y aquel de cada fuente, asegurando la armonización, también mediante un posible replanteamiento de las categorías ordenadoras.