Examinando por Materia "Carrera administrativa - Aspectos jurídicos - Colombia"
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- PublicaciónAcceso abierto24 meses como limitante de la indemnización con ocasión de la nulidad del acto de retiro discresional del servicio de los miembros de oficiales, suboficiales, nivel ejecutivo y agentes de la Policía Nacional. ¿Aparentemente?(Universidad Externado de Colombia, 2021) Guzmán Cortés, Paola Andrea; Marín Hernández, Hugo AlbertoEstudio jurisprudencial realizado a partir de los pronunciamientos de la Corte Constitucional en sentencias SU-556 de 2014 y SU- 053 de 2015, que con fundamento en el principio de igualdad determinaron unos topes en la indemnización a reconocer a título de restablecimiento del derecho con ocasión de la declaratoria de nulidad de un acto de retiro del servicio en ejercicio de la facultad discrecional de los miembros de Oficiales, Suboficiales, Nivel Ejecutivo y Agentes de la Policía Nacional, relacionado con la limitante de un mínimo de 6 meses y un máximo de 24 meses de salarios y prestaciones; mediante la construcción de la línea jurisprudencial con las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional y el Consejo de Estado durante los años 2009 a 2019, arribándose a la conclusión que no constituye precedente jurisprudencial obligatorio y vinculante el límite establecido, por cuanto el estudio y justificación para su establecimiento se centró en las referidas sentencias, en los casos de declaratoria de insubsistencia de un empleado nombrado en “provisionalidad” en un cargo de carrera administrativa, figura inexistente en el sistema de carrera especial que cobija al personal de la Policía Nacional y que se fundamenta en el mérito para su ingreso y ascenso.
- PublicaciónAcceso abiertoLímites legales a la facultad de la administración para ascender a los miembros de las fuerzas militares(Universidad Externado de Colombia, 2021-05) Narváez Mera, Paulo César; Marín Hernández, Hugo AlbertoLa investigación analiza la aplicación del principio del mérito dentro del régimen especial de carrera de las Fuerzas Militares y los problemas a los que se enfrenta, haciendo énfasis en el sistema de ascensos dentro de la estructura jerárquica militar al cual se accede normativamente a través de un proceso de selección por meritocracia. No obstante, dadas las particularidades de dicho régimen, el Consejo de Estado jurisprudencialmente ha aceptado que los procesos meritocráticos empleados difieren del sistema general de carrera administrativa; según el Alto Tribunal, el otorgamiento de los ascensos dentro de las Fuerzas Militares corresponde al ejercicio de una facultad discrecional justificada en las necesidades del servicio y, de ninguna manera, el mérito que demuestren los aspirantes les otorga el derecho de ascenso o se constituye como un mandato obligatorio para la selección de personal. Por otra parte, la Corte Constitucional sostiene que los ascensos en la Fuerza Pública hasta el grado de coronel están plenamente reglados y atan a la administración a la observancia estricta de la meritocracia o selección de los mejores, postura jurídica que resulta armónica con el principio del mérito como pilar esencial y eje definitorio de la estructura básica de nuestra Carta Política.