Maestría en Derecho Médico
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Examinando Maestría en Derecho Médico por Materia "Caídas intrahospitalarias"
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- PublicaciónAcceso abiertoRol del cuidador del paciente en la responsabilidad civil por caídas intrahospitalarias(Universidad Externado de Colombia, 2021) Hoyos Lozada, Edna Rocío; Sánchez Hernández, Luis CarlosLa infracción a la obligación de seguridad en la ejecución del contrato de prestación de servicios de salud, ha sido objeto de estudio por parte de la doctrina y la jurisprudencia, tanto nacional, como extranjera. En los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, de Colombia, existen diversos casos en los que se discute la responsabilidad patrimonial de prestadores de servicios de salud públicos y privados, por daños ocasionados a pacientes mientras estos se encontraban recibiendo servicios médicos intrahospitalarios, como consecuencia, por ejemplo, de infecciones asociadas al cuidado de la salud, caídas intrahospitalarias, administración errada de medicamentos, secuestro de menores hospitalizados, ataques con arma de fuego a pacientes internados, contaminación por transfusión sanguínea; entre otros temas que las corporaciones han terminado relacionando con esta fuente de responsabilidad, aunque no de manera uniforme. Sobre esa línea, el presente estudio se estructuró como una investigación de carácter cualitativo interpretativo de corte jurídico, que se desarrolló mediante un proceso de revisión documental, teniendo como propósito general analizar la responsabilidad patrimonial de las clínicas y hospitales, por los daños padecidos por el usuario que recibe la atención en salud intramuros y que se derivan de una caída intrahospitalaria, pero que además, se encuentran en un marco muy específico correspondiente a cuando estos eventos adversos tienen como causa jurídicamente relevante, una acción u omisión del cuidador informal que requería el paciente por sus condiciones de salud. Conforme a lo planteado, concluye la investigación que, a través de la puesta en marcha de procedimientos institucionales en el marco de las políticas de seguridad del paciente, se puede realizar un acto de delegación pasiva en los cuidadores informales de este, de algunas tareas determinadas y necesarias para la consecución del fin último: evitar una caída. Acto que solo genera efectos jurídicos en la medida que cumpla con las características de la figura, siendo una de las principales obtener el consentimiento del acreedor, que para el caso sería el paciente o quien ejerce su consentimiento sustituto. Finalmente, el estudio analiza el tema de causas extrañas, en particular, del hecho de un tercero, como también el de concurrencia de culpas, para determinar si el comportamiento negligente del cuidador libera de responsabilidad a la entidad hospitalaria, opera como causa concurrente o simplemente no tiene incidencia alguna; concluyéndose que el efecto dependerá del consentimiento del paciente en el acto de delegación, teniendo efectos extintivos cuando el usuario o quien ejerce su consentimiento sustituto, consiente el cambio del deudor de tareas específicas que mitigan el riesgo de caída y no lo será, cuando la entidad prestadora del servicio omite validar la voluntad del acreedor (paciente), procediendo el cuidador a ser un simple diputado de la IPS.