La creación de las agencias en la estructura de la administración pública colombiana y su relación con las autoridades de regulación en el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones
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Resumen en español
La Constitución Política de 1991 sentó las bases de un Estado regulador en el cual los servicios públicos están sometidos al régimen jurídico especial que fije el legislador. La libre iniciativa privada y la libertad de empresa son permitidas, sujetas a mayores límites legales que otras actividades o sectores económicos. La reserva legal en materia de servicios públicos no excluye la atribución de funciones de regulación a órganos especializados: (i) esas funciones no se agotan en la expedición de actos normativos ni tampoco se circunscriben a una modalidad específica de estos, y, (ii) el ejercicio de las competencias respectivas en todo caso ha de sujetarse a los lineamientos establecidos por el legislador. El modelo Estado regulador se caracteriza por la participación de autoridades especializadas encargadas de cumplir la función de regulación en el sector económico intervenido. Este artículo analizará la organización de las autoridades de regulación dentro de la estructura de la Administración pública colombiana (regulación desde la perspectiva de la organización), en particular en el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como la irrupción de la tipología agencias como organismo regulador en ese sector. En particular subrayará cómo a pesar de los avances experimentados, la norma está en deuda con el modelo —de acuerdo con el derecho comparado— en términos de garantizar autonomía suficiente a las instituciones encargadas de la regulación.